miércoles, 14 de agosto de 2013

Sociedad civil hondureña repudia la discriminación


DISCRIMINAR NO ES LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Discriminar es excluir, restringir y hacer segregación de la dignidad humana, basada en razones de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, credo religioso, ideología, filiación política, condición económica y social, discapacidad u otras con el objetivo de anular o disminuir los derechos y libertades humanas reconocidos por nuestra Constitución y los tratados internacionales.

Honduras figura a nivel internacional como un país con altos niveles de exclusión y desigualdad. La adolescencia y juventud son estigmatizadas como “responsables de la violencia”; las mujeres son desvalorizadas y violentadas por una sociedad altamente machista y patriarcal; las personas en situación discapacidad ven limitadas sus posibilidades de acceder a espacios públicos y  privados y a un empleo justo; los pueblos indígenas y afrohondureños son criminalizados por defender el derecho a los recursos naturales y el acceso a la tierra y; la población LGTBI[1] es víctima del odio por expresar abiertamente su orientación sexual e identidad de género.

En respuesta a las recomendaciones del Examen Periódico Universal de 2010 y para armonizar la legislación nacional con la internacional, Honduras decidió reformar la normativa vigente desde 1984, en el Código Penal a fin de clarificar los principales tipos de discriminación. La reforma al Artículo 321 del Código Penal, se aprobó el 21 de febrero de 2013.

Sin embargo, a raíz de una acusación por discriminación en contra del Pastor Evelio Reyes, y ante la presión de la Confraternidad Evangélica de Honduras, el Congreso Nacional ha creado una comisión que analizará una posible contrarreforma a dicho Artículo.

Cabe mencionar que el requerimiento fiscal presentado en contra del ciudadano Evelio Reyes, se fundamentó en el Artículo 321 del Código Penal de 1984[2] (sin reforma). Además, el Artículo por el cual se acusa al ciudadano Evelio Reyes no sanciona explícitamente la discriminación en contra de las personas LGTBI, como quieren hacer ver ciertos líderes religiosos.

Por tal motivo, las organizaciones defensoras de los derechos Humanos, abajo firmantes, nos dirigimos a la sociedad hondureña, la institucionalidad estatal y a la comunidad internacional, manifestando lo siguiente:

a)   Alertamos a la comunidad internacional que Honduras está a punto de retroceder en sus compromisos ante el Examen Periódico Universal (EPU), las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y ante otros avances en materia de derechos humanos de los que este gobierno presume, incluyendo la Primera Política Nacional y Plan de Acción en Derechos Humanos.

b)  La contrarreforma Profundiza y agudiza la desprotección de grupos sociales que sufren particularmente de altos niveles de discriminación: Mujeres, niñez, adolescencia, juventud, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, población indígena y afro-hondureña y la comunidad LGTBI, por mencionar algunos.

c)   El llamado del ciudadano Evelio Reyes a no votar por “homosexuales y lesbianas que corrompen los modelos de Dios, las buenas costumbres y que ponen en riesgo a las generaciones por venir”, constituye tentativa de delito de discriminación y una violación a lo estipulado en el Artículo 77[3] de la Constitución de la República.

d)    Rechazamos la intervención e injerencia de prácticas y creencias religiosas en los asuntos que competen al Estado, dado que desconoce y atenta contra el principio de laicidad.

e)  Enfatizamos que cualquier derogatoria o reforma de la legislación nacional vigente, debido a presiones de grupos religiosos, constituye un tráfico de influencias que no se fundamenta en ningún derecho humano y; que nos otorga el derecho a denunciar a nivel nacional e internacional a las y los diputados del Congreso Nacional por abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos.

f)    Repudiamos el perverso manoseo del derecho a la libertad de expresión por parte de un  sector de la Iglesia Evangélica, dado que dicha libertad está sujeta a restricciones legales cuando irrespeta los derechos o la reputación de los demás[4].

g)   Le recordamos al ciudadano Evelio Reyes que en una democracia las mayorías no pueden aplastar ni exterminar los derechos de las minorías, tal y como lo estipula el Artículo 60[5] de la Constitución de la República.

h)   Denunciamos nacional e internacionalmente, la agresión de la que fue víctima la activista transexual, Arely Victoria Gómez, una de las denunciantes de este caso, quien el pasado viernes, en horas de la noche, fue agredida brutalmente por cuatro hombres, golpeándola y despojándola de sus pertenencias, incluyendo su calzado, lo que denota que lejos de ser un asalto común, la agresión tenía por objetivo burlarse de su identidad de género e intimidarla.[6]

Este tipo de incidentes son producto de las campañas de odio y discriminación promovidas por grupos fundamentalistas religiosos, económicos, políticos y militares, que sólo reafirman los patrones y conductas patriarcales, que profundizan la deshumanización de la sociedad y que deslegitimizan al ser humano como sujeto de derecho y como fin primordial de la misma.

i)    Solicitamos a la comunidad internacional prestar especial atención al desarrollo de este proceso judicial vigilando que las instituciones operadoras de justicia aseguren un juicio justo e imparcial y que siempre esté presente el principio de igualdad ante la ley.

j)    Finalmente, manifestamos nuestro total apoyo a la labor de la Fiscal de Derechos Humanos, Rosa Seaman, y solicitamos al Ministerio Público que formule una opinión basada en derecho sobre la creación de esta comisión, las amenazas de una contrarreforma y que abogue por la independencia judicial.

  Tegucigalpa, MDC – 13 de Agosto de 2013 

FIRMANTES:

APUVIMEH
CODEH
Foro de Mujeres por la Vida
Asociación Arcoíris
COFADEH
Grupo Ixchel
Asociación Kukulcán
COIPRODEN
Grupo Lésbico Bisexual Litos
C-Libre
Colectivo Violeta
GSC
CDM
CONPAH
MDR
CEM-H
CPTRT
Movimiento “Visitación Padilla”
CIARH
FENAPAPEDISH
Red Trans de Tegucigalpa
CIPRODEH
FENOPDIH
          




[1] Siglas de Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales e intesexuales
[2] “Será sancionado con reclusión de 3 a 5 años y multa de  L.30,000.00 a L.50,000.00 a quien haga objeto de discriminación a otra persona por motivo de sexo, raza, edad, clase, religión, militancia partidista o política, adolecimiento de alguna discapacidad y cualquier otra lesiva a la dignidad humana.”
[3] “Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones y cultos sin preeminencia alguna, siempre y cuando no contravengan las leyes y el orden público. Los ministros de la diversas religiones no podrán […] hacer en ninguna forma propaganda política, invocando motivos de religión o valiéndose […] de las creencias religiosas del pueblo”
[4] Artículo 19, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
[5]En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley. Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana”.
[6]  Tomado de las declaraciones de Victoria Gomez.

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