viernes, 22 de febrero de 2013

Honduras: Penas agravantes a la discriminación y el femicidio


El 21 de febrero será un día histórico para el movimiento feminista y para la población LGTB hondureña, ya que por unanimidad fueron aprobadas reformas al Código Penal hondureño,  que sancionarán explícitamente la discriminación homófoba y el femicidio.

Los artículos reformados son el artículo 27 y el artículo 321, que se refieren a las circunstancias agravantes de un delito y las sanciones por actos discriminatorios, respectivamente.

En el primer caso, se agrega el siguiente agravante: “Cometer el delito con odio o desprecio en razón del sexo, género, religión, origen nacional, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, orientación sexual o identidad de género, edad, estado civil o discapacidad, ideología u opinión política de la víctima”.

En el segundo caso, se amplía el concepto de discriminación, pero además se adiciona a las sanciones, el género, la orientación sexual, identidad de género, estado civil, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, entre otros.

De acuerdo con la reforma se sancionará a toda persona que “arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restrinja, disminuya, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos o deniegue la prestación de un servicio profesional.”

La pena aumentará en un tercio si el hecho discriminatorio es cometido con violencia, por un funcionario público o si es un hecho reincidente. El funcionario o empleado público será sancionado además con la inhabilitación y si el responsable es extranjero se le expulsará del territorio nacional una vez cumplida la condena.

También se adiciona el artículo 118-A que tipifica y sanciona el femicidio, enfatizando que: “Incurre en el delito de femicidio, el o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer,” las penas oscilan entre 30 y 40 años.

Finalmente se adicionó el artículo 321-A, que comprende las sanciones de entre 3 y 5 años “al que públicamente o a través de medios de comunicación o difusión destinados al público incitare a la discriminación, al odio, al desprecio, la persecución o a cualquier forma de violencia o ataques contra una persona, grupo o asociación, fundaciones, sociedades, corporaciones, organizaciones no gubernamentales.”

El debate legislativo realizado fue presenciado por representantes de varias organizaciones LGTB y feministas, una vez aprobadas las reformas unánimemente los aplausos y vítores no se hicieron esperar.

Este es un gran avance, especialmente para estos dos grupos sociales, pero no debe ser el fin de la batalla, ahora deberá iniciar el proceso de seguimiento al cumplimiento de dicha legislación, a fin de que no se convierta en “papel mojado”.


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