El Tribunal Constitucional ha dado un paso adelante en el
reconocimiento de los derechos civiles del colectivo LGTB en España. En este
caso, se trata de una sentencia favorable para los transexuales, quienes ven
cómo se ha sentado precedente con el reconocimiento de una pensión de viudedad
a uno de sus integrantes.
El proceso judicial ha llegado a su fin con la decisión del
Tribunal Constitucional, pero anteriormente la mujer implicada tuvo que sufrir
un largo periplo por los juzgados nacionales hasta que le dieran la razón.
La batalla legal comenzó en el 2009, cuando el Juzgado de lo
Social de Barcelona se negó a conceder la pensión de viudedad a una transexual
porque, según su justificación, no se cumplían los requisitos necesarios para
recibir dicha paga. Después de acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
y al Supremo, la protagonista, por fin ha obtenido una respuesta positiva.
Una ley aprobada en el 2007, reconocía la pensión de
viudedad a las personas supervivientes de una pareja de hecho, siempre y cuando
pudieran demostrar al menos 6 años de convivencia, dependencia económica del
fallecido, y haber tenido hijos. Sin embargo, este último requisito dejaba
muchos casos sin ayudas sociales, algo que el Tribunal Constitucional no ha
aceptado.
Para el Constitucional, este último punto "no sólo no
obedece a ninguna razón objetivamente justificada", sino que, también
"conduce a un resultado desproporcionado, al impedir injustificadamente a
determinadas parejas de hecho el acceso a la protección por ser de imposible
cumplimiento (por razones biológicas o jurídicas) la existencia de haber tenido
hijos comunes".
Tomado de: http://www.dosmanzanas.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario