miércoles, 13 de marzo de 2013

Celebran primer matrimonio igualitario en Colima, México


La administración municipal de Cuauhtémoc, a 15 kilómetros de la capital del Estado de Colima, "celebró el primer enlace matrimonial entre personas del mismo sexo en la entidad", situación que fue descalificada por abogados del Estado, quienes expresaron que al no existir una reforma a la Constitución Política de Colima "ese matrimonio es nulo e ilegal".

La alcaldesa perredista del municipio de Cuauhtémoc, Indira Vizcaíno Silva, informó que esta solicitud de matrimonio se analizó con detenimiento y se comparó jurídicamente con otras tesis y la legislación estatal, así como la Constitución Política de México, y se determinó que una instancia de gobierno no puede negar un servicio público por razones de diversidad sexual.

"En ese sentido, se tomó la determinación del registro civil, de autorizar el matrimonio que se celebró el pasado 27 de febrero. Los contrayentes nos pidieron una ceremonia privada y discreta", comentó.

Reconoció que el Código Civil del Estado no permite este tipo de matrimonios, y reserva el matrimonio a un hombre y una mujer, "con lo cual se pudiera suponer que no está permitido, pero basado en el principio constitucional es prioritario garantizarles (a los homosexuales) a la dignidad y no ser discriminados".

Según la funcionaria estatal "existen otras solicitudes de matrimonio entre personas del mismo sexo", a las cuales se les dará tramite, afirmó. Por su parte, abogados del Estado de Colima consultados sobre el particular asumieron que dicho enlace matrimonial "es nulo e ilegal", pues primeramente se debe realizar una reforma a la Constitución Política del Estado de Colima.

El pasado 5 de diciembre del año pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió amparos a tres parejas del mismo sexo del estado de Oaxaca a las que se las autoridades locales les habían negado el acceso al matrimonio basándose en un artículo del Código Civil estatal.

Los ministros determinaron que el artículo 143 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, que sólo permite el matrimonio "entre un solo hombre y una sola mujer", está redactado de forma tal que "atenta contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de su personalidad", según explicó en ese momento la SCJN.


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