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Cuando una persona quede viuda estando casa con otra de su
mismo sexo, podrá reclamar los mismos beneficios y prestaciones que la ley
otorga a matrimonios convencionales (heterosexuales) inscritos bajo el régimen
del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), según la última resolución de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La sentencia de la Segunda Sala de la SCJN también abre la
posibilidad para que las parejas gays afiliadas al ISSSTE puedan exigir el
reconocimiento de sus derechos. Este falló de la SCJN deriva del amparo
interpuesto por José Alberto Gómez Barroso, quien antes de morir intentó
afiliar a su pareja del mismo sexo al IMSS en Puebla.
Al morir Gómez Barroso, el juez que llevaba el caso decidió
cancelar la demanda de garantías, pues determinó que la "materia de
juicio" había dejado de existir. No obstante, el ministro Fernando Franco
González Salas, declaró que se habían generado los mismos derechos que en el
caso de una pareja heterosexual.
Fue el 6 de marzo de 2012 que José Alberto Gómez Barroso y
su pareja contrajeron matrimonio en la Ciudad de México. Tras celebrar la
unión, acudió a la Clínica Familiar 7 de la Unidad Habitacional San Bartolo, en
Cholula, Puebla. El registro le fue negado por la Jefatura de Afiliación y
Cobranza del IMSS, argumentando que la Ley del Seguro Social no contempla a los
matrimonios gays.
Entonces Gómez Barroso presentó una queja por discriminación
sexual ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), así
como un juicio de amparo contra la negativa de registro por parte del IMSS.
Finalmente, la Segunda Sala de la SCJN, resolvió el caso contando con tres votos a favor y dos en contra; la pareja de
Gómez Barroso será inscrito en el IMSS, a pesar de que el quejoso murió el año
pasado.
"Haciendo una interpretación conforme y sistemática de
la Ley del Seguro Social debe entenderse... que se ha generado el derecho,
igual que si se tratara de un matrimonio de personas de distinto sexo",
sentenció González Salas.
Se trata de la primera sentencia favorable otorgada por la
SCJN a un fallecido. Como consecuencia, la pareja de José Alberto Gómez Barroso
será dado de alta en el IMSS y podrá disfrutar de sus beneficios, como el
derecho a una pensión por viudez.
Tomado de: http://www.sdpnoticias.com/
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