Escudo del Instituto Militar Antonio Ricaurte
Foto: https://www.facebook.com
El juzgado 43 civil de Bogotá, en respuesta a una acción de
tutela, ordenó al Instituto Militar Antonio Ricaurte de esa ciudad el reintegro
de una menor de 15 años desvinculada de la institución por ser portadora de
VIH.
Según el abogado del caso, Germán Humberto Rincón Perfetti,
la menor es portadora de nacimiento y su madre murió por causa de la enfermedad
cuando la niña tenía ocho meses de edad.
“El Colegio Militar actuó con prejuicio e ignorancia y por
ello violó la Constitución al negar el derecho a la educación, dignidad humana
y un trato igualitario, ya que una persona viviendo con el VIH o el sida no
constituye un riesgo social”, dijo el abogado.
El apoderado de la familia explicó que el caso de
discriminación se inició tras una llamada anónima que recibió el colegio de
alguien que puso en conocimiento de sus directivas la condición de salud de la
menor.
El colegio, tras firmar un acuerdo de confidencialidad con
la familia, exigió una copia de la historia clínica de la niña y una
explicación de los motivos por los cuales su continuidad no representaba un
riesgo para la institución.
Posteriormente, se le impidió participar de una actividad
indispensable para ganar el año académico y luego se le impidió matricularse. La determinación del juzgado ordenó al colegio proceder con
su matrícula y cesar cualquier tipo de discriminación por la condición de salud
de la menor.
Tomado de: http://www.elcolombiano.com
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